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A favor de la vuelta de la “bolsa
de los mandados”, la Coalición intenta
prohibir la bolsa plástica
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Se crearía el “Programa de sustitución de
envases no biodegradables”. Se prevén
apercibimientos, multas y hasta clausuras de los
comercios en caso de que no cumplan. “El tiempo
de las decisiones es hoy”, sostienen.
Desde el bloque de la Coalición Cívica
de Mercedes proponen un programa para el
recambio de bolsas de plástico de embalaje
comunes por otras biodegradables. Quieren
limitar el uso de bolsas e incluso eliminarlas,
e incluyen una campaña de concientización,
multas y sanciones a los infractores.
“El uso de bolsas de plástico como embalaje y
envase generalizado para el transporte y
contención de todo tipo de bienes y productos,
va aumentado en forma exponencial, multiplicando
su nocivo impacto ambiental”, dicen entre los
fundamentos. “Estas bolsas plásticas han
invadido todos los paisajes, no existiendo lugar
alguno donde no encontremos una de ellas o
rastros de alguna de ellas, siendo un problema
creciente no sólo su proliferación, sino que al
ser descartadas con una sola utilización, o ser
las destinatarias de los residuos domiciliarios,
crea una gran masa de material no degradable que
genera un gran impacto ambiental, por lo que
amerita la búsqueda de una solución que en un
corto plazo las limite en su uso y en forma
paulatina las elimine, apuntando a su
reemplazo por otros elementos menos dañinos al
medio ambiente. Las bolsas de plástico se han
ido imponiendo en el mercado por su bajo precio
y practicidad, empero las empresas no miden
dentro de sus costos el tremendo costo ambiental
que generan a la sociedad”, amplían.
“Estos plásticos, sea el polietileno o el
polipropileno, son materiales no biodegradables,
es decir que no se degradan en la naturaleza”,
explican. También afirman que como “el plástico
es un derivado del petróleo, recurso no
renovable, a medida que se utiliza se extingue y
aumenta su costo”.
En este sentido destacan que algunas cadenas de
supermercados ya han reemplazado las bolsas de
plástico por bolsas oxi biodegradables:
“Estas bolsas incluyen en su proceso de
elaboración un aditivo que rompe los enlaces de
carbono-carbono, transformándose de esta manera
en productos sensibles a las luz solar, humedad,
temperatura, y otros factores ambientales que
inician un proceso de degradación natural, al
mismo tiempo que mantienen sus propiedades de
resistencia y seguridad en el contacto con los
alimentos, como si se tratase de bolsas
tradicionales”.
“No sólo con este reemplazo aseguraremos la
disminución, también se requiere un cambio de
conducta, volver a la tradicional ‘bolsa de los
mandados’, o el ‘changuito’ de la casa, que son
medios de uso mucho más duraderos y aseguran una
clara disminución del uso de bolsas”, marcan.
“El papel para envolver, las cajas de cartón
también aseguran este propósito”, agregan.
“El tiempo de las decisiones es hoy, por el
futuro de nuestro planeta, debemos tomar medidas
de acción directa tendientes a minimizar los
efectos nocivos que nuestra generación está
causando”, opinan.
Lo que proponen es un proyecto de ordenanza para
crear el “Programa de sustitución de envases no
biodegradables”.
De esta manera, las bolsas o recipientes que se
utilicen en los hipermercados, supermercados y
comercios en general, que se entregan al público,
para contención y transporte de mercaderías,
deberán estar constituidas por material
biodegradable.
Además, las reparticiones oficiales,
establecimientos escolares, de culto, de
seguridad, entidades bancarias, colegios
profesionales, empresas de cualquier índole
estatal o privada, y domicilios particulares que
utilicen el servicio municipal de Recolección de
Residuos deberá depositar los residuos que
generen en bolsas o contenedores biodegradables.
Las bolsas de plástico o material no
biodegradable deberán ser sustituidas por otro
tipo de contenedores que tengan la propiedad de
biodegradarse en el medio ambiente, minimizando
el impacto ambiental provocado por este tipo de
elementos de uso cotidiano.
En el caso en que el contenido a envasar sea
húmedo o que por sus características sea
necesario utilizar un envase específico, se
permitirá el uso de bolsas o recipientes de
material no biodegradable, siempre y cuando no
exista un sustituto de iguales características
biodegradable.
Modalidades y plazos
La autoridad de aplicación implementará en un
plazo que no podrá superar el término de noventa
días a partir de la promulgación de la ordenanza,
el "Programa de sustitución y reemplazo de
bolsas y envases de plástico no biodegradables",
que consistirá en:
- Reemplazo gradual de las bolsas de plástico no
biodegradable que se entregan a los clientes
para contener mercaderías, materiales o
productos que se comercializan y los entes
oficiales y privados referidos, para lo
cual se comenzará con las cadenas de
comercialización, las grandes superficies
comerciales y los entes oficiales.
- Podrá determinar con las cadenas de
comercialización sobre los colores a utilizar
como fondo, con el fin de la posterior
separación domiciliaria de residuos en orgánicos
e inorgánicos.
- Realizar campañas de difusión y
concientización sobre el uso racional del
material no biodegradable, para el envase y
contención de productos.
Informar y capacitar a los destinatarios de esta
ordenanza sobre las posibles alternativas que
pueden sustituir a los envases de plástico no
biodegradable, asistiéndolas de forma gratuita e
inmediata ante sus requerimientos.
- Gestionar con empresas y fabricantes locales
de bolsas no biodegradables para que se sumen a
este programa.
- Gestionar o subsidiar en forma directa a
talleres protegidos para que adopten en sus
programas la fabricación de envases o bolsas
biodegradables.
Sanciones
La Autoridad de Aplicación podrá
actuar de oficio o ante cualquier denuncia a los
efectos de lograr el fiel cumplimiento de la
ordenanza. En caso de incumplimiento, previa
intimación fehaciente de la obligación de
regularizar la situación y verificación de dicha
circunstancia, la misma podrá aplicar las
siguientes sanciones:
- Apercibimiento: Ante el primer incumplimiento.
- Multa: Cuando se verifique la no
regularización ante el apercibimiento se
aplicará una multa graduable entre cincuenta a
cien salarios mínimos del personal municipal.
- Clausura o inhabilitación: Que podrá ser de
tres a treinta días cuando ante las dos
sanciones anteriores se reincida con la falta de
regularización del programa.
Fondos y registro
Los fondos recaudados en concepto de multas se
afectarán a una cuenta especial, la que se
utilizará para solventar las campañas de
difusión y el cumplimiento de lo prescripto en
la ordenanza. Además se llevará un registro de
los infractores con el objeto de ejercer el
control y el seguimiento de los mismos.