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La Pampa: Los supermercados no podrán utilizar más bolsas de plástico - Lo prohibirán por Ley..

Fecha: 07/11/2008
Fuente: http://www.eldiariolp.com.ar/


LO PROHIBIRáN POR LEY
Los supermercados no podrán utilizar más bolsas de plástico

La Comisión de Ecología y Ambiente Humano produjo por unanimidad un dictamen sobre dos iniciativas, que fueron unificadas, que proponen prohibir la entrega de “bolsas de materiales plásticos, que no sean degradables, oxibiodegradables, biodegradables o hidrodegradables, para transporte de la mercadería adquirida por sus clientes, cualquiera fuera, en los comercios y/o industrias de la provincia de La Pampa”, agregándose que “en todos los casos los materiales utilizados deberán ser inocuos a los alimentos”.
Los proyectos fueron presentados por los legisladores Daniel Lovera y Roberto Robledo, del justicialismo, y donde también se pretende crear un “Programa Provincial” cuyos objetivos serán los siguientes:
a) La eliminación programada en el territorio de nuestra Provincia de las bolsas de polietileno no fabricadas con materiales degradables, oxibiodegradables, biodegradables o hidrodegradables.
b) La realización de campañas de difusión y concientización a través de folletería, distintos medios de comunicación masiva, organizaciones no gubernamentales e instituciones intermedias sobre el cuidado del medio ambiente dirigidas a la población en general.
c) La realización de campañas de información en establecimientos educativos públicos y privados acerca de la implementación de la presente ley y sobre el cuidado del medio ambiente.
También se indica que los “comercios deberán entregar a sus clientes bolsas de materiales degradables, oxibiodegradables, biodegradables o hidrodegradables, avaladas por las normas nacionales e internacionales correspondientes”, aunque se prevén algunas excepciones.
Se prohíbe la venta de bolsas plásticas para residuos que no estén fabricadas con materiales degradables, oxibiodegradables, biodegradables o hidrodegradables, como así también se determina que la autoridad de aplicación será la Subsecretaría de Industria y Comercio dependiente del Ministerio de la Producción, que efectuará los controles coordinadamente con los organismos de contralor de comercios e industrias de los municipios. La reglamentación establecerá el régimen de sanciones y el valor de las multas, como así también un sistema de premios a comercios e industrias que cumplan con las normativas aquí dispuestas.