Fecha:
02/05/2009
Fuente:
http://www.eldiariolp.com.ar/
LA PAMPA - LOCALIDAD DE
EDUARDO CASTEX ADHIRIO A LA LEY 2.455
No a las bolsas plásticas
02 de mayo de 2009
Plazo: la ordenanza establece que a partir
de la fecha de su promulgación, los supermercados,
supermercados totales e hipermercados, tendrán un
plazo de seis meses para adecuarse a la norma. Y los
almacenes, autoservicios, despensas y comercios en
general dispondrán de doce meses para el mismo fin.
Eduardo Castex (AEC)
- Con la finalidad de prevenir y reducir el impacto
sobre el medio ambiente de las bolsas de polietileno
en la comunidad, como parte del deber de garantizar
a todos los habitantes de la localidad el derecho
constitucional a gozar de un ambiente sano y
equilibrado, el Concejo Deliberante local resolvió
por unanimidad adherir a la Ley Provincial 2.455,
que prohibe la entrega de bolsas de materiales
plásticos que no sean biodegradables,
oxibiodegradables o hidrodegradables.
La ordenanza que fue aprobada en la quinta
sesión ordinaria del Concejo Deliberante prohibe en
el ejido urbano “el uso de polietileno,
polipropileno y todo polímero artificial no
biodegradable y/u oxidegradable con destino a
contener los productos o mercaderías despachados por
comercios mayoristas y minoristas”.
El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar
la ordenanza en un plazo no mayor a los 120 días y
tendrá que designar la autoridad de aplicación para
hacer cumplir la misma.
La ordenanza establece que a partir de la
fecha de su promulgación, los supermercados,
supermercados totales e hipermercados, tendrán un
plazo de seis meses para adecuarse a la norma. Y los
almacenes, autoservicios, despensas y comercios en
general dispondrán de doce meses para el mismo fin.
Sólo quedarán exceptuados de la prohibición
aquellos casos en los que las mercaderías a contener
sean alimentos húmedos, elaborados o preelaborados,
o que por cuestiones de salubridad y seguridad no
puedan ser reemplazados.
De acuerdo a lo dispuesto, el Departamento
Ejecutivo deberá llevar adelante campañas de
promoción e información, privilegiando los
establecimientos educativos públicos y privados,
como así también a la población en general, a fin de
lograr la toma de conciencia por parte de los
vecinos sobre los beneficios que pretende infundir
la ordenanza.
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